Autoridades orientarán a trabajadores sobre pago de aguinaldo
México,(Notimex).- A partir de este martes, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajó (Profedet) iniciará, su programa de asesoría gratuita a los trabajadores sobre el monto y la fecha en que las empresas les deberán pagar el aguinaldo.
En un comunicado la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) afirmó que se mantendrá vigilante en esta temporada de fin de año, para que las empresas cumplan con esta obligación laboral.
En ningún caso el patrón puede alegar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades como justificación para no pagar este derecho o reducir su importe, subrayó.
Afirmó que en caso de detectarse alguna irregularidad, la Profedet solicitará la intervención de inspectores de nivel federal.
Los trabajadores podrán solicitar información al respecto, vía telefónica, en el número gratuito 01 800 911 7877 (con servicio de buzón de voz para horas y días inhábiles), o en el 5134 9800 para la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, con horario de atención de 08:00 a 20:00 horas de lunes a viernes, refirió.
Agregó que podrán enviar sus inquietudes mediante correo electrónico a la dirección orientacionprofedet@stps.gob.mx; y la respuesta se les hará llegar por la misma vía.
La dependencia dijo que pone a disposición de los trabajadores una unidad móvil que se ubicará en diferentes partes de la Ciudad de México y el Área Metropolitana, así como atención personalizada en cualquiera de las 48 oficinas con las que cuenta la Profedet en la república Mexicana.
Detalló que entre diciembre de 2012 y septiembre de 2016 se brindaron 31 mil 708 asesorías, y se iniciaron cinco juicios; concluyó 16 casos mediante acuerdos de conciliación, que alcanzaron un logro económico de recuperación de 116 mil 719 pesos, en dicho periodo.
Indicó que el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que los empleados tienen derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos.
También que los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios, independiente de que laboren o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.
El aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores, sin excepción alguna, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado o eventuales, así como para comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la legislación laboral.
Según la ley en materia laboral, el trabajador tiene un año de plazo para realizar su reclamo ante la falta del pago de aguinaldo.
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