Aplaza TEPJF resolución del presidente del Trieltam contra su desafuero
Ciudad Victoria, Tamaulipas. - La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aplazó la resolución del juicio promovido por el presidente del Tribunal Electoral de Tamaulipas (Trieltam), Edgar Danés Rojas, en contra del procedimiento de declaración de procedencia iniciado en el Congreso local para desaforarlo por presuntos delitos sexuales.
A pesar de que estaba enlistado en la orden del día y que se leyó la propuesta de resolución del mismo al momento de la lectura de la cuenta, la magistrada ponente Janine Otálora Malassis decidió retirarlo de la agenda para un análisis posterior.
Esto luego de que en la discusión de la cuenta, el magistrado Felipe de la Fuente Barrera dijo que se apartaba de la propuesta y dio sus razones;
"Desde 2022 ha sido criterio ya de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando resolvió el recurso de queja 33 de 2022, la que la única vía para conocer de actos que se dicten dentro de un procedimiento de declaración de procedencia, tanto a nivel federal como a nivel local es el juicio de amparo indirecto”.
Y abundó;
“El juicio de amparo es el único medio idóneo de control constitucional previsto por nuestro ordenamiento jurídico para someter a escrutinio judicial cualquier acto intraprocesal durante la sustanciación de un procedimiento de declaración de procedencia, tanto a nivel federal como local”.
Precisó que la SCJN reconoció que son inatacables aquellas resoluciones que ponen fin a la declaración de procedencia porque se trata de un acto discrecional del propio órgano legislativo.
"La Corte estimó que únicamente es en la etapa resolutiva en la que existe ya imposibilidad de impugnar y esto en función de los principios pro persona y pro actione”.
Por lo anterior, el magistrado consideró que para dotar de seguridad jurídica es necesaria una nueva reflexión sobre la procedencia del juicio de la ciudadanía en este tipo de casos, a raíz de lo resuelto por la SCJN.
“Por estas razones considero que la controversia planteada por el actor no puede ser resuelta a través del juicio de la ciudadanía, sino únicamente a través del juicio de amparo indirecto. Es por esas razones que yo me pronunciaré por la improcedencia del juicio correspondiente”, puntualizó.
Posterior a ello, la magistrada ponente dijo que era momento de solicitar que se retirara su proyecto para “una mayor reflexión”, lo que fue avalado por unanimidad de los magistrados presentes en dicha sesión.
Con ello Danés Rojas deberá esperar más a que dicho órgano jurisdiccional decida su futuro, luego de que con el recurso interpuesto intenta frenar el procedimiento abierto en la Comisión Instructora del Congreso de Tamaulipas a petición de la Fiscalía General de Justicia.
Es de precisar que al presidente del Trieltam, quien en agosto pasado sufrió un atentado con arma de fuego en su domicilio particular, se le investiga por su presunta responsabilidad en el delito de acoso sexual por el cual existe un par de denuncias en su contra.
En su impugnación, Edgar Danés Rojas argumenta que la Comisión Instructora del Congreso del Estado carece de facultades para iniciarle el procedimiento de declaración de procedencia, ya que se trata de una competencia del Senado, en base a lo que establece el artículo 111 de la Constitución.
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