Partidos políticos obligados a postular candidatos de grupos vulnerables en Tamaulipas
Ciudad Victoria, Tamaulipas. - Para el proceso electoral en marcha, los partidos políticos están obligados por Ley, a cumplir con las acciones afirmativas, es decir, dentro de sus postulantes deberán incluir a los grupos prioritarios, de migrantes, personas de la tercera edad, jóvenes, con discapacidad y de la diversidad sexual.
La consejera presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, Mayra Lugo Rodríguez explicó que el Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM) estará vigilante del cumplimiento de estas acciones afirmativas, para garantizar el principio de paridad de género e incluir a grupos vulnerables en el registro de candidaturas a diputaciones y ayuntamientos en el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024.
“Uno de los retos principales que enfrentamos es la implementación de las acciones afirmativas encaminadas acelerar la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres y de los grupos prioritarios, podemos mencionar a las personas migrantes, jóvenes, mayores, personas con discapacidad y de la diversidad sexual. Por lo que es obligación de los partidos registrar en este proceso electoral a personas perteneciente a estos grupos vulnerables”.
Recordó que, en Tamaulipas, en el 2020, el IETAM, aprobó el primer reglamento de paridad, igualdad y no discriminación, pero en el 2021, con la reforma a este reglamento, por primera vez se agrega acciones afirmativas consideradas y, fue el 8 de junio del 2023, cuando el Congreso Local emite y aprueba reformas a la Ley Electoral, donde se incorporan las accione afirmativas para implementarse en este proceso electoral.
“Indispensable que los partidos políticos postulen de manera adecuada a representantes de grupos en situación de desventaja que viven en México, como: personas con discapacidad, de diversidad sexual, personas migrantes, jóvenes, adultos mayores. Las acciones afirmativas son políticas públicas que el Estado implementa para restablecer o poner en el mismo nivel de igualdad a todos y aquellas personas a las que se les vulneran sus derechos humanos.”
Lugo Rodríguez, explicó, además, que el mismo marco normativo especifica un procedimiento para que en caso de que no cumpla el partido político con esta obligación, el Consejo General del IETAM tiene la facultad de hacer que se cumpla, a través de un procedimiento detallado en el reglamento.
“De no cumplirse, el Consejo General del IETAM requerir a los partidos políticos que en un plazo de 48 horas hagan las sustituciones y los ajustes correspondientes, pero si al final no lo hace, nosotros como Instituto tendremos que definir y sacar mediante un sorteo los candidatos”, explicó la Consejera Electoral.
Detalló que la obligación de los partidos políticos, es registrar, aunque no señala la cantidad, las posiciones en las que tendrán que ser registrados estas acciones afirmativas.
“Para este proceso hay dos elecciones, la de las diputaciones y ayuntamientos, las acciones afirmativas van diferentes, en el caso de las diputaciones tendremos a personas con discapacidad, de la diversidad, jóvenes, y migrantes, son 4 de los 5 grupos vulnerables y, en el caso ayuntamientos tendrán que ir personas de la diversidad o discapacidad o personas mayores o jóvenes”.
Dijo que la Ley marca que el partido político tiene la potestad de decidir y elegir a qué grupo incorporar, en el caso de los ayuntamientos forzosamente tienen que incluir en sus planillas a jóvenes o mayores, en el caso de las diputaciones, personas con discapacidad, pero aquí, específico Lugo Rodríguez, el partido al menos, una fórmula ya se por Mayoría Relativa o Representación Proporcional, tiene que situar dentro de los primeros 7 lugares de la lista de los 14 uno de los grupos.
“El partido decidirá en qué posición lo registrará, pero obligatoriamente lo tiene que hacer”, enfatizó.
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