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Confirmó el TEPJF el registro de Américo por la gubernatura de Tamaulipas

Los integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal confirmaron que el procedimiento de selección se llevó a cabo conforme a la normativa aplicable y a la convocatoria respectiva
Por: HT Agencia El Día Miercoles 20 de Abril del 2022 a las 15:41

Por mayoría de votos, la Sala Superior del TEPJF confirmó la sentencia del Trieltam, que resolvió una controversia interpuesta por Maki Ortiz en contra de la designación de Américo Villarreal
Autor: Enrique Jonguitud/Ciudad Victoria
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Ciudad Victoria, Tamaulipas. - Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal local (Trieltam), que resolvió una controversia interpuesta por Maki Ortiz Domínguez en contra de la designación de Américo Villarreal Anaya como precandidato único y a la postre candidato de Morena a la gubernatura de Tamaulipas.

Lo anterior porque el procedimiento de selección se llevó a cabo conforme a la normativa aplicable y a la convocatoria respectiva.

En su oportunidad, tanto la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, como el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas (Trieltam) validaron la designación impugnada. 

Inconforme con la decisión del Tribunal local, Ortiz Domínguez presentó un juicio para la ciudadanía, alegando principalmente que se cometieron diversos vicios durante el proceso interno de selección de la candidatura y solicitó que se revoque la designación impugnada y le sea otorgado el registro como candidata.

 La sentencia aprobada en sesión pública por videoconferencia confirmó la resolución del Tribunal local atendiendo a las siguientes consideraciones:

  1. a) La actora no controvierte las razones que el Tribunal local expuso para confirmar la resolución partidista.
  2. b) Si bien ni la CNHJ ni el Tribunal local se pronunciaron frontalmente de actas notarias presentadas por el actor, lo cierto es que ello es insuficiente para invalidar el procedimiento de designación, pues respecto de este el Tribunal local sí realizó el estudio respectivo.
  3. c) El partido cumplió con las reglas paritarias emitidas por el INE para ese proceso electoral local. 
  4. d) El resultado de las encuestas de reconocimiento no era vinculante para Morena en términos de la convocatoria, porque se aprobó el registro de una precandidatura única.
  5. e) La actora ha recibido una respuesta de fondo a todos los planteamientos que ha hecho valer a través de distintas cadenas impugnativas y en todas las instancias. El tiempo transcurrido no obedece a una denegación de justicia. 

Finalmente, ante la falta de reglas claras para garantizar la paridad sustantiva en la postulación de gubernaturas, la Sala Superior reiteró la orden a Morena y a los partidos políticos nacionales para que, a más tardar al inicio del próximo proceso electoral en que participen gubernaturas se definan reglas al respecto. Por su parte, el Instituto Nacional Electoral será el encargado de verificar la emisión y el cumplimiento de dichas reglas. 

 

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