Preparan amparos contra el decreto que permite importación y venta de calentadores de tabaco en México
Ciudad de México. - La decisión del gobierno federal de permitir la importación y venta de calentadores de tabaco es una medida inequitativa e insuficiente en la estrategia para combatir el tabaquismo en México, en virtud de que engaña a los consumidores y genera una inequitativa participación en el mercado de artículos de daño reducido, es decir, provocaría prácticas monopólicas en perjuicio del consumidor, afirmó la organización civil México y el Mundo Vapeando.
En este sentido, Juan José Cirión Lee, presidente de la organización, anunció que promoverán amparos en contra del decreto presidencial emitido la tarde del viernes pasado a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), pues dicha disposición es inequitativa e imparcial, pues sólo permite acceder a uno de varios dispositivos disponibles en el mercado para sustituir el consumo de cigarros convencionales, cuando lo cierto es que existen otros como los vaporizadores, los cuales son utilizados en países como el Reino Unidos y Nueva Zelanda como instrumento para combatir el tabaquismo.
El viernes por la tarde, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federal, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, emitió un decreto para modificar la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, con el objetivo de aprobar la importación y comercialización de calentadores de tabaco, aun y cuando en febrero de 2020 emitió un decreto para prohibir ese artículo junto con los vaporizadores.
“Por lo antes mencionado -argumentó del decreto-, resulta necesario y urgente mantener actualizadas aquellas medidas que permiten garantizar el acceso efectivo a la salud, para su correcta aplicación, por lo que es indispensable modificar la descripción de la fracción arancelaria 8543.70.18, para eliminar de la misma a los Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina (SACN), los cuales quedarán comprendidos en la fracción arancelaria 8543.70.99, fracción en la que se clasificaban previo a la entrada en vigor de la medida a que se refiere el considerando séptimo”.
Por ello, el también especialista en Derecho, si bien consideró que existe un avance al permitirse la comercialización de un tipo de dispositivo alternativo de suministro de nicotina, calificó como un error el decreto mencionado, en virtud de que parte del criterio obsoleto de permitir productos vinculados al tabaco y no de una visión de avalar y promover artículos de riesgo reducido para combatir el fenómeno del tabaquismo, actividad que en México provoca la muerte de casi 60 mil personas al año.
Al respecto, cabe mencionar a más de un año del decreto presidencial para prohibir la importación y exportación de vaporizadores, 35 por ciento de las personas que habían dejado el consumo de tabaco gracias a los dispositivos electrónicos, volvieron a caer en el tabaquismo ante la imposibilidad de encontrar cigarros electrónicos en el país, de acuerdo con estimaciones de la organización México y el Mundo Vapeando.
Cabe mencionar que dicha estrategia es adicional a los amparos que se solicitaron en contra del decreto presidencial de febrero de 2020, de los cuales algunos ya se han otorgado.
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