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Sala Regional Monterrey resolvió 82 juicios de inconformidad; entre ellos de Tamaulipas

En la diputación federal del Distrito 08 de Tampico se mantuvo sin cambios, mientras que en el Distrito 03 de Río Bravo se anularon algunas casillas que si bien hubo un ajuste en el cómputo, no en la candidatura ganadora
Por: HT Agencia El Día Sabado 29 de Junio del 2024 a las 10:39

Fachada del edificio que alberga las oficinas de la Sala Regional Monterrey (Ilustrativa)
Autor: Foto redes
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Sonterrey, Nuevo León. - En sesión pública celebrada este viernes 28 de junio, la Sala Regional Monterrey decidió 82 juicios de inconformidad relacionados con elecciones de diputaciones y senadurías al Congreso de la Unión, que en su amplia mayoría (68) determinó su desechamiento.

Lo anterior a partir de que, en 54 de ellos, contrario a la norma, lo impugnado en el caso de elecciones de Senadurías, no fue el cómputo de la entidad, sino los cómputos distritales, los cuales, para efectos de esa elección, no son actos conclusivos del resultado, sino actos intermedios o parciales, que al sumarse conforman el cómputo de la entidad, mismo que debió controvertirse, sin que ocurriera así.

El criterio sostenido en estos asuntos, acorde a la predictibilidad de los precedentes, es similar al que se asumió en casos similares, tanto en las elecciones de 2018, como en el proceso electoral de 2021, por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Por otro lado, en 14 juicios de inconformidad se desecharon las demandas, por promoverse en forma extemporánea (12) y por carecer de firma (2).

De los 82 juicios decididos, en 14 se reunieron los requisitos que permitieron analizar las causales de nulidad de elección y de nulidad de votación en casillas planteadas. En 9, sus resultados se mantuvieron sin cambios, como fue el caso de la elección de diputaciones federales del Distrito 08, con cabecera en Tampico, Tamaulipas; 01, 06 y 09, con sede respectivamente en Santa Catarina, Monterrey y Linares, Nuevo León; en los Distritos 01, 02 y 03, con cabecera el primero en Jesús María, y los dos restantes en Aguascalientes, Aguascalientes. En el Distrito 08 de Salamanca, Guanajuato y finalmente en el 01 Distrito Electoral Federal con cabecera en Fresnillo, Zacatecas.

Sólo en 5 Juicios de inconformidad, Sala Monterrey consideró procedente la nulidad de una y en algunos casos de 2 casillas, con lo cual, si bien hubo un ajuste en el cómputo, no se dio un cambio de candidatura ganadora. Tal es el caso de las elecciones de diputaciones del Distrito 01 con cabecera en Piedras Negras, Coahuila; del Distrito 10 con sede en Uriangato, Guanajuato; del Distrito 03, de Río Bravo, Tamaulipas y del Distrito 04, con cabecera en Guadalupe, Zacatecas. 

En la propia sesión se decidieron diversos juicios electorales y recursos de apelación, relacionados con procedimientos especiales sancionadores, con decisiones del Instituto Nacional Electoral y de diversas autoridades electorales de las entidades federativas que conforman la II Circunscripción Electoral Federal.

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia constitucional encargada de revisar las resoluciones emitidas por los Tribunales, Institutos, partidos políticos, y cualquier autoridad que emite actos que vulneren los derechos político-electorales en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas.

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