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Entre ayuntamientos y diputaciones, hay 17 recursos de inconformidad ante el IETAM

Los partidos han controvertido los resultados electorales en diversas casillas de los distritos o municipios en cuestión, argumentando diversas causales establecidas en la Ley Electoral, por lo que la autoridad jurisdiccional deberá dirimirlas
Por: Josué Escamilla El Día Viernes 14 de Junio del 2024 a las 15:20

Juan José Ramos Charre, presidente del Instituto Electoral de Tamaulipas
Autor: HT Agencia
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Ciudad Victoria, Tamaulipas. - El presidente del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM), Juan José́ Ramos Charre, confirmó que, en total, los partidos políticos interpusieron 17 recursos de inconformidad en contra de los resultados de la pasada elección del 2 de junio, tres distritos y 14 municipios.

Explicó que se trata de los distritos electorales 02 y 03 con cabecera en Nuevo Laredo, así como el 22 en Tampico, mientras que los recursos de inconformidad son en los municipios de Altamira, Madero, Gómez Farías, Llera, Matamoros, Méndez, Miquihuana, Nuevo Laredo, Ocampo, Padilla, Palmillas, Reynosa, San Fernando y Tampico, en lo que se refiere a la elección de ayuntamientos.

"En total suman 17 órganos electorales que por lo menos tienen un medio de impugnación y, bueno, ya está ahora en la cancha de las instancias jurisdiccionales".

Ramos Charre, dijo que uno de los caminos es en el que se presenta un medio de impugnación a través de los consejos electorales, y un segundo camino es hacerlo directamente en el Tribunal Electoral de Tamaulipas (TRIELTAM).

"El plazo es muy importante para poder dimensionar el camino de aquí al 30 de septiembre que deben estar firmes todas las resoluciones, es importante señalar que el término de la Ley de Medios de Impugnación del Estado es el 20 de agosto, es la fecha para que se resuelvan por el Tribunal Electoral los recursos de inconformidad".

Explicó que posterior a ello, las sentencias que dicte el órgano jurisdiccional local podrán ser controvertidas ante las instancias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), primero ante la Sala Regional y posteriormente ante la Sala Superior.

"Estarán seguramente resolviendo antes del 30 o a más tardar el 30 de septiembre a efecto de que sus determinaciones se ejecuten, y luego sean las autoridades jurisdiccionalmente calificadas las que asuman funciones el 1 de octubre".

Señaló que usualmente los medios de impugnación se encuentran publicados por un lapso de 72 horas de publicidad en los estados de los consejos municipales o distritales, y una vez retirados se procederá a los informes circunstanciados por parte de los órganos electorales para remitirse al Tribunal Electoral en las 72 horas siguientes.

Ramos Charre, precisó que los partidos han controvertido los resultados electorales en diversas casillas de los distritos o municipios en cuestión, argumentando diversas causales establecidas en la Ley Electoral, por lo que la autoridad jurisdiccional deberá dirimirlas.

"Desde la indebida integración de mesas directivas de casilla por funcionarios no facultados, hasta errores o inconsistencias en el llenado de las actas y alteraciones en los paquetes electorales".

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