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Demandan al ISSSTE regrese pensión por viudez a una beneficiaria en Tamaulipas

El Poder Judicial Federal, requirió a la Subdelegación de Prestaciones Económicas del ISSSTE en Tamaulipas, regrese 189 mil 914 pesos de pensión por viudez, ello en cumplimiento a la sentencia 1714/2021
Por: Josué Escamilla/Ciudad Victoria El Día Domingo 03 de Septiembre del 2023 a las 20:08

Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Tamaulipas. (Foto Ilustrativa)
Autor: FB/Subdelegación De Prestaciones Del Issste
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Ciudad Victoria, Tamaulipas. - En cumplimiento a la sentencia 1714/2021 que otorgó el amparo por la inconstitucionalidad de restringir su pensión por viudez, el Poder Judicial Federal, requirió a la Subdelegación de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Tamaulipas, regrese 189 mil 914 pesos deducidos a una ciudadana de su pensión.

El Juez, Jorge Humberto Castellanos Medellín, titular del Juzgado Decimosegundo de Distrito en Victoria, acordó “téngase a la responsable en vías de dar cumplimiento al fallo protector, se requiere al Subdelegado de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con sede en esta ciudad, por conducto del apoderado legal del citado instituto, bajo el apercibimiento que, de no hacerlo así, se le impondrá una multa de cien unidades de medida y actualización.”

Y es que la sentencia emitida, el 19 de mayo del 2022, otorgó el amparo a la ciudadana para que, el ISSSTE en Tamaulipas, reintegre a la promovente las cantidades que se le hubiesen descontado.

La secretaria del Juzgado en funciones de Juez, Rubí Méndez Castro, emitió la sentencia y señaló que, “no existe justificación constitucional para que a una persona que tiene derecho a recibir una pensión por viudez, se le niegue o restrinja esa pensión, por contar o haber contado con un trabajo remunerado e incorporado al Régimen del ISSSTE, pues la pensión por viudez surge con la muerte del trabajador en favor de su beneficiario, por lo que no es una concesión gratuita, ya que se genera con las aportaciones hechas por el trabajador o pensionado fallecido”.

Por tanto, se infringe el derecho humano a la seguridad social y el principio de previsión social, consagrados en el artículo 123, Apartado B, fracción XI, inciso a), de la Constitución Federal, al restringir el derecho de la parte quejosa, a recibir íntegramente su pensión de viudez a partir de que le fue otorgada, bajo el argumento de que se actualiza un supuesto de incompatibilidad, por encontrarse laboralmente activa, pues ambas prestaciones no se excluyen entre sí.

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