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Llama Conapred a garantizar acceso de servicios públicos y privados a personas usuarias de perros guía

El artículo 58 de la Ley Federal del Protección a los Derechos del Consumidor garantiza el derecho a bienes, productos o servicios de las personas con discapacidad
Por: HT Agencia El Día Miercoles 26 de Abril del 2023 a las 15:45

Una mujer con discapacidad, usuaria de un perro guía
Autor: HT Agencia
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Ciudad de México.- El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) exhorta a las y los proveedores de bienes, productos o servicios a garantizar el acceso a los derechos de las personas con discapacidad visual usuarias de perros guía en igualdad de condiciones en los ámbitos público y privado.

Las personas de este grupo históricamente discriminado enfrentan diferentes tipos de vulneración de sus derechos, incluyendo la accesibilidad a diversos servicios

En el Día Internacional del Perro Guía o Perro de Trabajo, que se conmemora el último miércoles de abril de cada año, el consejo destaca que éstos desempeñan un trabajo indispensable de asistencia para las personas con discapacidad visual.

En este contexto, una recomendación importante es evitar acariciar y ofrecer comida a los perros de asistencia mientras trabajan y portan su chaleco, con el fin de evitar distracciones que podrían ser de graves consecuencias para la persona usuaria.

El artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que las y los proveedores de bienes, productos o servicios, no pueden negar o condicionar los derechos por razones de género, discapacidad, nacionalidad, etnia, orientación sexual, religión o cualquier otra particularidad.

Tampoco pueden aplicar o cobrar cuotas extraordinarias por implementos médicos o animales de asistencia, como los perros guía para personas con discapacidad visual o baja visión.

La fundadora y presidenta de la Escuela para Entrenamiento de Perros Guía para Ciegos, Silvia Lozada Badillo, subrayó que “la accesibilidad para las personas con discapacidad debe ser en todo. Las calles deben estar libres de obstáculos, pero actualmente no es así.”

Compartió que recientemente solicitó transporte a través de una aplicación tecnológica y el conductor pretendió negarle el servicio, y aunque logró convencerlo de su derecho, en el transcurso del viaje, éste dijo que le cobraría más por limpiar el pelo que soltó el perro en el vehículo.

“Las personas con discapacidad visual usuarias de perros guía constantemente nos enfrentamos a la discriminación por falta de conocimiento de los artículos que hay en las leyes, que establecen el derecho a entrar a transportes y lugares públicos”, agregó.

El Conapred llama a las personas proveedoras de servicios que es importante que garanticen y adopten medidas de accesibilidad, de conformidad con lo estipulado en las leyes, incluido el artículo 16 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Asimismo, pone a disposición de la población los números telefónicos 55 5262 1490 en la Ciudad de México y 800 543 0033 en las entidades federativas, así como el correo electrónico quejas@conapred.org.mx y el sitio web www.conapred.org.mx para atender cualquier queja relacionada con probables prácticas discriminatorias.

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