Anuncia Secretaría de Hacienda deducción de intereses reales por crédito hipotecario
Tampico, Tamaulipas.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ratificó el derecho de los contribuyentes a presentar deducciones personales, entre ellas por el pago de intereses reales por crédito hipotecario cuando este haya sido menor a los 5 millones de pesos, todo esto en el marco de la presentación de la Declaración Anual de personas físicas, informó el organismo tributario en Tampico.
"Esta deducción corresponde a los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio fiscal 2021, por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de casa habitación contratados con las instituciones integrantes del sistema financiero", indicó.
Se explica que dicha información es proporcionada por las instituciones financieras al SAT, la cual se utiliza en la precarga de la Declaración Anual y sirve como evidencia para realizar la deducción.
"Cabe señalar que los intereses reales corresponden a la diferencia entre la tasa anual de inflación -que hasta diciembre de 2021 fue de 7.36 % (INEGI)- y el interés efectivamente pagado", reiteró el SAT.
En este contexto, destacó que el efecto inflacionario del año 2021 impactó negativamente en el cálculo de los intereses reales por créditos hipotecarios, que determinan las instituciones del sistema financiero.
"Esto ha ocasionado que se determinen cantidades muy pequeñas o nulas tasas de interés reales; esto significa una disminución en el monto precargado para la deducción personal de este rubro", reiteró el SAT.
Por otra parte, informó el SAT que a partir del 1 de abril de 2022 las personas físicas deberán presentar su Declaración Anual 2021, siendo ahora "más fácil y rápido a través de las mejoras e innovaciones que ofrece el Servicio de Administración Tributaria y que pone a disposición de los contribuyentes", citó.
"Las personas físicas podrán hacerlo desde: 1) El Portal del SAT en sat.gob.mx, 2) El minisitio de Declaración Anual 2021:
http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2021/Paginas/index.html; Solo requieren la Contraseña y, únicamente en el caso que se obtenga saldo a favor mayor a 150 mil pesos o si se va a modificar la cuenta CLABE, se deberá enviar con la firma electrónica (e.firma)", reiteró la dependencia de la Secretaría de Hacienda.
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