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Explican en Tampico casos de uso de 'carta porte' para transportistas

El representante del Servicio de Administración Tributaria en Tampico, Aureliano Vallejo Loyola explicó a los transportistas de mercancías cuando se debe utilizar factura electrónica con complemento 'carta porte'
Por: Baldemar Mijangos El Día Sabado 05 de Marzo del 2022 a las 17:05

Transportistas de mercancías que circulan por carreteras de Tamaulipas
Autor: Baldemar Mijangos
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Tampico, Tamaulipas.- Los transportistas de mercancías en carretera federal y dentro de la ciudad no estarán sujetos a utilizar factura electrónica con complemento 'carta porte' en los casos cuando el traslado de mercancías se realiza dentro de la localidad o hasta 30 kilómetros de tramo federal, manifestó el representante del Servicio de Administración Tributaria en Tampico, Aureliano Vallejo Loyola.

Explicó que otras modalidades son cuando preponderantemente las labores de traslado de productos o materiales se realizan dentro de la ciudad donde se radica, incluidas las mercancías que tengan que ser llevadas a una bodega.

"Al realizar traslados de mercancías o productos en la ciudad donde se vive sin salir a carretera federal ni un metro o lo que se conoce como primera o última milla no se requiere complemento 'carta porte', también cuando se realiza una ruta de recolección en varias ubicaciones dentro de la ciudad donde se radica para llevarlas a una bodega o almacén no se requiere dicho complemento", precisó.

"Ahora bien, si en la propia ciudad se recogerán los productos o el material en el domicilio del cliente se emitirá una factura electrónica pero sin el complemento 'carta porte' por el servicio de transporte o el traslado realizado", completó.

En este mismo aspecto, el funcionario federal alertó a los contribuyentes de la Hacienda federal que no deben ser sorprendidos por elementos policiales locales con respecto a esta documentación, y en caso de que noten alguna irregularidad se deberá realizar la denuncia correspondiente.

"Les decimos que no se dejen sorprender, el uso de la factura electrónica con complemento 'carta porte' tiene un periodo de prueba hasta el 31 de marzo de 2022, por tanto, ninguna autoridad habrá de sancionar de no tenerla correctamente", puntualizó.

Citó que la 'carta porte' cuando es requisito debe contener toda la información relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial, y en su caso, incorporar la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

Destacó que en caso de dudas o si se llegara a presentar una irregularidad por esta causa, ofreció el minisitio del SAT denominado 'Carta Porte', y en caso de sufrir un eventual hecho de extorsión se deberá realizar al correo electrónico denuncias@sat.gob.mx o en quejas y denuncias SAT al teléfono 55 88 52 22 22

 

 

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