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Propone Nueva Alianza incluir el delito de Reclutamiento Forzoso de Personas en el Código Penal del Edomex

La infancia y adolescencia deben ser protegidas contra esta práctica inaceptable, y conforme a lo que establecen la ley general de los derechos de niños, niñas y adolescente en su artículo 16, y la convención sobre los derechos de los niños
Por: AIMX El Día Miercoles 16 de Febrero del 2022 a las 15:01

La Diputada de Nueva Alianza, Mónica Granillo Velazco, presentó ante el pleno de la Cámara Local una iniciativa para adicionar el artículo 204 Bis
Autor: AIMX
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Toluca, Edomex. - La Diputada de Nueva Alianza, Mónica Granillo Velazco, presentó ante el pleno de la Cámara Local una iniciativa para adicionar el artículo 204 Bis al Código Penal del Estado de México, para proteger de una manera eficaz a las niñas, niños y adolescentes del Edomex. 

Mónica Granillo resaltó que las niñas, niños y adolescentes de nuestro Estado de México, deben de vivir en armonía, en paz, con alegría, disfrutando su infancia con pleno goce de sus derechos. 

Pero lamentablemente estos derechos se han ido vulnerando, debido al reclutamiento de forma forzosa de menores de edad, lo cual implica que son obligados a presenciar o cometer actos delictivos. Exponiendo a la niñez a diversos actos de violencia, afectando directamente sus derechos. 

Los niños corren un alto riesgo de ser sometidos a explotación y abusos, asi como a sufrir lesiones físicas y psicológicas e inclusive atentar contra su vida. 

La infancia y adolescencia deben ser protegidas contra esta práctica inaceptable, y conforme a lo que establecen la ley general de los derechos de niños, niñas y adolescente en su artículo 16, y la convención sobre los derechos de los niños, el estado está obligado a garantizar su seguridad e integridad evitando que ningún menor de edad sea reclutado para cometer actos delictivos. 

Asimismo, el comité de los derechos del niño de las naciones unidas, en las observaciones finales sobre los exámenes periódicos cuarto y quinto consolidados de México, enfatizó en la falta de tipificación del reclutamiento de niños por grupos delictivos. 

Asimismo, el comité de los derechos del niño de las naciones unidas, en las observaciones finales sobre los exámenes periódicos cuarto y quinto consolidados de México, enfatizó en la falta de tipificación del reclutamiento de niños por grupos delictivos. 

Por lo anteriormente expuesto, Granillo Velazco propuso incluir el Artículo 204 Bis, que a la letra dice: 

Al reclutamiento forzoso de personas menores de edad para cometer cualesquiera de los delitos referidos en este código, se le impondrá una pena de cinco a quince años de prisión, y de quinientos a cuatro mil días de multa. 

Cuando el delito sea cometido por servidores públicos, además de las penas previstas, se incrementarán hasta en una tercera parte. 

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