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Condenan que se haya impedido a mujeres participar en elección de comisarios en Guerrero

De acuerdo con una denuncia en redes sociales, en la elección del pasado domingo 1 de enero, a decenas de mujeres indígenas se les impidió ejercer su voto, para elegir a sus representantes
Por: AIMX El Día Martes 04 de Enero del 2022 a las 21:47

La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género del Congreso local, Gabriela Bernal Reséndiz condenó la violencia ejercida contra mujeres indígenas de la localidad de Ocotequila, municipio de Copanatoyac
Autor: AIMX
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Chilpancingo, Gro. (Agencia Informativa de México).- La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género del Congreso local, Gabriela Bernal Reséndiz condenó la violencia ejercida contra mujeres indígenas de la localidad de Ocotequila, municipio de Copanatoyac, zona de La Montaña, al no permitirles ejercer su voto, para la elección del comisario del lugar, bajo el argumento de usos y costumbres.

De acuerdo con una denuncia en redes sociales, en la elección del pasado domingo 1 de enero, a decenas de mujeres indígenas se les impidió ejercer su voto, para elegir a sus representantes, porque así «lo dictan los usos y costumbres» de las localidades indígenas.

Bernal Reséndiz dijo que «votar y ser votado está sustentando en el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y es un derecho que tienen los hombres y las mujeres por igual», y calificó el caso, como un «hecho claramente violatorio de un derecho constitucional, con lo cual además, se ejerce violencia política de género».

La legisladora local, urgió a las autoridades municipales de Copanatoyac a revisar junto con los comisarios el respeto a los derechos humanos y políticos de la población, de tal forma que la determinación de usos y costumbres garantice la dignidad, igualdad, e integridad de las mujeres indígenas, y no se convierta en un obstáculo de desarrollo para el progreso de la mujer. 

«Si bien el artículo 2 Constitucional reconoce el derecho de las comunidades indígenas a su libre determinación, mediante sus usos y costumbres, sin embargo, ello debe leerse en sintonía con el respeto a la dignidad, igualdad e integridad de las mujeres integrantes de dichos pueblos, señalado en la fracción 7 del mismo artículo, pues de lo contrario, su libre determinación impide el respeto y ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres».

Bernal Reséndiz, pidió porque la libre determinación de las localidades indígenas, a través de usos y costumbres, no se convierta en una práctica de dominación, segregación, violencia y discriminación contra las mujeres indígenas que, se acentúan en el campo de los derechos político-electorales. Por ello, es necesario reformar las prácticas para lograr condiciones de igualdad para que los derechos de las mujeres indígenas sean reconocidos.

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