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Buscan castigar con prisión plagio de patrimonio cultural

Los senadores respaldaron el dictamen que fue enviado al Ejecutivo federal y que busca proteger las manifestaciones culturales tradicionales ante el uso no consentido, la apropiación cultural o plagio de motivos y diseños de los pueblos originarios
Por: AIMX El Día Jueves 02 de Diciembre del 2021 a las 18:31

Ropa que ha plagiado el patrimonio cultural
Autor: AIMX
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Ciudad de México. - Por unanimidad, el Senado de la República aprobó el proyecto para expedir la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas que castiga hasta con 20 años de prisión a quien reproduzca, copie, imite o se apropie de elementos del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades sin autorización del titular o titulares de los derechos.

Los senadores respaldaron el dictamen que fue enviado al Ejecutivo federal y que busca proteger las manifestaciones culturales tradicionales ante el uso no consentido, la apropiación cultural o plagio de motivos y diseños de los pueblos originarios.

En el dictamen se establece que al que reproduzca, copie o imite por cualquier medio y con fines de lucro, en serie o industrialmente, incluso en grado de confusión, elementos del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, sin el consentimiento previo, libre e informado, se le impondrá de tres a 10 años de prisión y multa de dos mil a cincuenta mil Unidades de Medida y Actualización, equivalentes a 179 mil 240 a 4 millones 281 mil de pesos.

A quien comete el delito de apropiación indebida, es decir, que por cualquier medio se ostente como propietaria, autora, creadora o descubridora de alguno de los elementos del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, se hizo sin consentimiento libre, previo e informado, la sanción será de dos a ocho años de prisión y multa de quinientos a quince mil Unidades de Medida y Actualización.

También será castigada con la misma pena la distribución, venta, explotación o comercialización de cualquier modo y con fines de lucro elementos del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas sin previa autorización, así como la difusión por cualquier medio, manifestaciones declaradas inaccesibles al uso, aprovechamiento, comercialización o industrialización.

Cuando todas estas conductas tengan como efecto el etnocidio cultural, porque generen daño, conflicto o menoscabo grave que ponga en riesgo la integridad y continuidad del patrimonio cultural, las penas se incrementarán hasta el doble, es decir, 20 años. Estos delitos se perseguirán de oficio.

Las comunidades podrán iniciar una querella, queja y denuncia por el uso indebido de su cultura. La Fiscalía General de la República y los tribunales federales son competentes para conocer de los delitos en materia de protección.

La ley prevé la constitución del Sistema Nacional de Salvaguarda de la Cultura e Identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas, Afromexicanas y equiparables y del Registro Nacional de Elementos de la Cultura e Identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas, Afromexicanas y equiparables.

La Ley se deriva de una iniciativa que originalmente presentaron, desde noviembre de 2018, el senador Ricardo Monreal Ávila y la senadora Susana Harp Iturribarría, de Morena. 

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Cultura, Susana Harp Iturribarría, dijo que el dictamen establece los procedimientos para que los pueblos y comunidades inicien una querella por el uso indebido de su cultura.

Monreal Ávila enfatizó que esta legislación está encaminada a que el Estado mexicano proteja y frene el robo de la cultura y patrimonio de las comunidades indígenas y afromexicanas.

La ley, explicó, tiene su origen por la actitud “deleznable” que representa el plagio de las artesanías, textiles, cultura y arte de las comunidades originarias, sin que hubiese ningún respeto, autorización, indemnización o pago, por su uso y aprovechamiento.

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