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Así quedaron las Reformas Fiscales para 2022

El pasado 12 de noviembre fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones varias leyes, conoce estos cambios
Por: CP Claudia Cristina Gámez Nava El Día Sabado 20 de Noviembre del 2021 a las 15:03

Edificio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Autor: AIMX
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El pasado 12 de noviembre fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la ley del ISR, IVA, IEPS, ISAN, CFF y otros ordenamientos.

Ya esperábamos todo esto; ahora toca ver de qué modo cambiarán las cosas, empecemos con los comerciantes, si eres del Régimen de Incorporación Fiscal y vienes tributando en él desde antes del 1 de agosto del 2021, podrás permanecer en él por el tiempo que te resta, recordemos que este régimen REPECO era para 10 años; será opcional el cambio al nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), pero una vez que concluya el periodo que te resta en REPECO deberás decidir si te vas al RESICO o al Régimen de Personas Físicas con actividad empresarial; ya que el Régimen de INCORPORACION FISCAL fue derogado.

Para los que se registraron después del 1 de agosto 2021 se les pasará al RESICO y podrán permanecer en él o irse al Régimen de Personas Físicas con actividades Empresariales.

Si eres persona física del Régimen de Actividades Empresariales y tus ingresos en el año de 2019 no rebasaron $ 3´500,000 podrás optar por migrar al Régimen Simplificado de Confianza, una vez que tomas la opción permaneces en el durante todo el ejercicio fiscal. Para tomar esta decisión serán necesario que se analice que les conviene más.

En el RESICO, se harán pagos mensuales y el ISR se pagará sobre los ingresos a los cuales se les aplicará un porcentaje que va desde el 1% al 2.5 dependiendo el rango en donde se ubiquen en la tabla.

Para 2022 ya no existirá el Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras, se tendrá la opción de pertenecer al nuevo RESICO o migrar al Régimen de Personas Físicas con Actividades Empresariales; los ingresos exentos anuales serán de $ 900,000, se tendrá que hacer declaraciones mensuales y anual y pagar el ISR por el excedente.

Es el sector primario el que se verá más afectado ya que ahora deberán estar presentando declaraciones periódicamente independientemente que no rebasen los ingresos exentos de $ 900,000; Así que es el momento de hacer cuentas para tomar la mejor decisión en cuanto a que régimen tomar para el ejercicio fiscal de 2022.

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