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En Tamaulipas: Elevan sanciones contra deudores alimentarios

El delito de abandono de obligaciones alimenticias, lamentablemente en ocasiones, es cometido con dolo, pues el deudor alimentario con frecuencia recurre a malas prácticas con el fin de lograr informar sus ingresos muy por debajo de los que realmente percibe, dice la diputada Karla Mar
Por: Carlos Juárez / Ciudad Madero El Día Jueves 31 de Diciembre del 2020 a las 17:45

La diputada panista Karla Mar aseguró que con esa medida no se pretende llenar las cárceles de Tamaulipas, sino de hacer conciencia sobre el desarrollo de los niños y niñas
Autor: Carlos Juárez
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Altamira, Tamaulipas. - Para garantizar el buen desarrollo integral de los niños y niñas que sufren la separación de sus padres, la Diputación Permanente aprobó la iniciativa de ley promovida por el Grupo Parlamentario del Acción Nacional, sobre el incremento de las penas a deudores alimenticios de hasta seis años de prisión y multas de 200 UMAS, igualmente está sanción se aplicaría a los patrones que oculten información sobre salarios y percepciones.

La diputada Karla Mar Loredo, informó que con esa medida no se pretende llenar las cárceles de Tamaulipas, sino de hacer conciencia sobre el desarrollo de los niños y niñas mediante la reforma a los artículos 296 y 297 del Código Penal de Tamaulipas.

"Me da gusto poder cerrar este año compartiéndoles que este pasado martes la Diputación Permanente declaró como procedente una iniciativa de GPPAN que en voz de esta servidora fue presentada y que trata de una situación que en repetidas ocasiones nos tocó atender al frente del instituto de la Mujer en el Municipio de Altamira referente al tema de abandono de obligaciones alimenticias", dijo la legisladora.

Precisó que la pena máxima ahora será de hasta 6 años de prisión a quienes abandonen sus obligaciones alimentarias y también podría aumentar de un tercio a la mitad la aportación alimentaria y necesidades de los menores de edad, "deberá existir la obligación de proveer no sólo lo relativo a la alimentación, sino lo necesario para su educación, vestido, vivienda y atención médica".

Señaló Karla Mar que en la actualidad el delito de abandono de obligaciones alimenticias, lamentablemente en ocasiones, es cometido con dolo, pues el deudor alimentario, en el ámbito laboral con frecuencia recurre a malas prácticas con el fin de lograr informar sus ingresos muy por debajo de los que realmente percibe, incluyendo las prestaciones y un porcentaje de lo que reciben en efectivo para otorgar una pensión irrisoria; e incluso, en ocasiones solicitan licencia sin goce de sueldo o renuncian a su empleo para evadir su responsabilidad.

Por ello, se aprobó reformar el artículo 296 del Código sustantivo, con el objeto de aumentar la penalidad de uno a seis años de prisión y establecer multa de hasta doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización al responsable del delito de abandono de obligaciones alimenticias; así como al patrón que estando obligado a informar los ingresos desobedezca o presente datos falsos.

Consideró que con esta reforma de ley se dará, sobre todo a las mujeres, un arma jurídica más fuerte para defender el desarrollo integral de sus hijas e hijos sin tener que pasar situaciones incluso humillantes y a la sociedad en general la reflexión de contribuir a que las generaciones presentes y futuras tengan todo lo necesario, "pues son ellos los que el día de mañana nos sostendrán".

APM

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