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Admite SCJN acción de inconstitucionalidad promovida por periodistas colimenses

La Acción de Inconstitucionalidad se originó a partir de una queja expresada por la Comisión General para la Protección Integral del Ejercicio Periodístico del estado de Colima, así como por otros órganos periodísticos del Estado
Por: AIMX El Día Sabado 22 de Agosto del 2020 a las 12:26

La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió la Acción de Inconstitucionalidad promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima tras aprobación de la “Ley Ingrid”
Autor: AIMX
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Colima, Colima.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la Acción de Inconstitucionalidad promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima tras aprobación de la “Ley Ingrid”, considerada por periodistas como perjudicial para ejercer su derecho a la libertad de expresión. 

En dicha acción de inconstiucionalidad se solicita se declare la invalidez de la adición del Artículo 240 Bis al Código Penal para el Estado de Colima, publicado en la edición número 42 del Periódico Oficial “El Estado de Colima”, difundido el 20 de junio del presente año. 

La acción quedó en permanencia en el expediente 191/2020 y su acumulada 220/2020, que fue presentado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). 

“Por la naturaleza e importancia de este asunto, con fundamento en el artículo 28218 del citado Código Federal, se habilitan los días y horas que se requieran para llevar acabo la notificación de este proveído”, expresó el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo

La Acción de Inconstitucionalidad se originó a partir de una queja expresada por la Comisión General para la Protección Integral del Ejercicio Periodístico del estado de Colima (COPIP), así como por otros órganos periodísticos del estado de Colima. 

En dicha queja se pedía un arbitraje urgente por parte de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima, pues la aprobación en Colima de la “Ley Ingrid” era perjudicial para cualquier persona capaz de ejercer su derecho a la libertad de expresión, así como al ejercicio de la profesión del periodista. 

La mala aplicación en el plano local de la “Ley Ingrid”, por parte del Congreso del Estado de Colima, causa censura a los periodistas y deja abierta la posibilidad de ser sancionados económicamente o ser encarcelados. 

La llamada “Ley Ingrid” indica que quienes difundan, entreguen, revelen, publiquen, transmitan, expongan, remitan, distribuyan, videograben, audiograben, fotografíen, filmen, reproduzcan, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo.

Así como indicios, evidencias, objetos o instrumentos relacionados con el procedimiento penal tendrá una pena de 3 a 6 años de prisión y una multa equivalente de 50 a 100 UMA´s. 

Además que si se trata de imágenes, audios o videos de cadáveres o parte de ellos, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, la pena de prisión será de 4 a 7 años de prisión y la multa del 70 por ciento a 130 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización. 

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