CNH aprueba terminación anticipada de contrato petrolero a consorcio
México, (Notimex).- La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) aprobó el inicio y la tramitación del procedimiento de terminación anticipada por renuncia al 50 por ciento del Área Contractual 7 de la Ronda 1.1.
En la sesión extraordinaria número 60 del año, el organsimo regulador indicó que el contrato pertenece al consorcio integrado por Sierra O&G Exploración y Producción, Talos Energy Offshore México y Premier Oil Exploration and Production México.
El campo en cuestión está ubicado en aguas someras frente a las costas de Tabasco, el cual tiene una superficie de 464.799 kilómetros cuadrados, por lo que el contratista deberá devolver a la CNH un total de 232.3 kilómetros cuadrados.
Según datos de la CNH, el consorcio ha perforado tres pozos, de los cuales ZAMA-1SON resultó productor de aceite ligero, mientras que los otros prospectos son ZAMA-2DEL y ZAMA-3DEL.
Explicó que la medida es en virtud de que, de conformidad con lo previsto en la Cláusula 7.1, inciso b del contrato, al finalizar el Periodo Inicial de Exploración, si al contratista se le concedió el Período Adicional de Exploración, deberá renunciar y devolver el 50 por ciento del Área Contractual que no cuente con un Plan de Desarrollo aprobado, supuestos que se actualizaron en el presente asunto.
La devolución se realizará durante la “Etapa de transición final”, con la realización de inventario de activos, listado de pozos y materiales, que incluye una descripción de sus condiciones de operación.
Además de un informe de producción; el abandono de los pozos y materiales que no le serán transferidos a la CNH; la actualización de la línea base social y la actualización de la línea base ambiental.
"Conforme a la Cláusula 7.2 del contrato, la renuncia y devolución de referencia no disminuye las obligaciones del contratista para cumplir con el Programa Mínimo de Trabajo, ni con un eventual incremento a dicho Programa, ni a los compromisos adicionales adquiridos para el Periodo Adicional de Exploración, o al Programa de Trabajo para dicho Periodo Adicional de Exploración, según sea el caso. Lo anterior incluye las correspondientes obligaciones de abandono".
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