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Deben aprobar iniciativas en Tamaulipas para reformar Constitución local

Debido a que hay muchos temas que requieren de transformarla, para reformar o crear una Ley, consideró el consejero jurídico del Gobierno de Tamaulipas, Abelardo Perales Meléndez
Por: Lupita Domínguez/Ciudad Victoria El Día Viernes 23 de Noviembre del 2018 a las 08:00

Los estados deben aprobar iniciativas preferentes para la reforma de la Constitución local, debido a que hay muchos temas que requieren de transformarla, consideró el consejero jurídico del Gobierno de Tamaulipas, Abelardo Perales Meléndez
Autor: Liliana Torres
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Los estados deben aprobar iniciativas preferentes para la reforma de la Constitución local, debido a que hay muchos temas que requieren de transformarla, para reformar o crear una Ley, consideró el consejero jurídico del Gobierno de Tamaulipas, Abelardo Perales Meléndez.

Comentó que la iniciativa preferente que aprobó el Congreso local se refiere solo a leyes y no de reformas a la Constitución, y esta se encuentra de igual modo a nivel federal, por lo que el presidente de la República no tiene iniciativa preferente para reformar la Constitución, solo para reformar o expedir leyes.

“Sin embargo yo creo que los estados si deben aprobar iniciativas preferentes para la reforma de la Constitución local, porque hay muchos temas que para que se pueda reformar p crear una ley se requiere la reforma a la Constitución, entonces de que sirve que tenga iniciativa preferente en las leyes pero no las tiene en la Constitución”, mencionó.

Añadió que entonces se deberá presentar una iniciativa de reforma a la Constitución que no es preferencia, “no es congruente, no hay coherencia, creo que los estados debieron aprovechar, al menos Tamaulipas, no va a contravenir la Constitución federal, porque están en ámbitos de competencia diferente, el Estado es autónomo, puede establecer la iniciativa preferente para reformar la Constitución del Estado”, destacó.

En términos llanos, dijo que esto obliga al Congreso a aprobar la reforma en el primer periodo de sesiones, o al iniciar cualquier periodo, es decir que el día que inicia el periodo de sesiones debe entra la iniciativa del gobernador, “y el Congreso tiene 30 días para aprobarla, si no la aprueba, no quiere decir que está obligado, y puede rechazarla, pero tiene que dictaminar, resolver en ese periodo si acepta o no la iniciativa preferente del ejecutivo”. 

“En el supuesto de que el Congreso no resolviera en ese periodo que le da la Constitución, se turna al siguiente periodo de sesiones y debe ser el primer punto del orden del día de la siguiente sesión del Congreso, y forzosamente en esa sesión va a tener que resolver eso, es lo preferente que obliga al Congreso en un plazo determinado a resolver la iniciativa”, finalizó.

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