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Desechó TRIELTAM impugnación de Morena contra Maki Ortiz

Morena recibió un revés por el Tribunal Electoral de Tamaulipas, quien desechó una impugnación en contra de la alcaldesa con licencia Maki Ortiz Domínguez, quien busca la reelección
Por: Nora Alicia Hernández/Ciudad Victoria El Día Jueves 17 de Mayo del 2018 a las 18:14

El partido Movimiento de Regeneración Nacional recibió un revés por el Tribunal Electoral de Tamaulipas, quien desechó una impugnación en contra de la alcaldesa con licencia de Reynosa, Maki Ortiz Domínguez, quien busca la reelección
Autor: Nora Hernández
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) recibió un revés por el Tribunal Electoral de Tamaulipas (TRIELTAM), quien desechó una impugnación en contra de la alcaldesa con licencia de Reynosa, Maki Ortiz Domínguez, quien busca la reelección.

En sesión del TRIELTAM, los magistrados validaron la ponencia de la magistrada Emilia Vela, que declaraba infundados los argumentos de la denuncia interpuesta por Morena.

El recurso de apelación identificado con la clave TE-RAP-13/2018, por el cual MORENA impugna el acuerdo emitido por el Consejo Municipal Electoral de Reynosa, que aprobó el registro de las candidaturas de los integrantes de las planillas presentadas por los partidos políticos en lo individual o en coalición, para el proceso electoral 2017-2018, en especial la aprobación del registro de Maki Ortiz, candidata a Presidenta Municipal por la coalición “Tamaulipas al Frente”.

Al respecto, el Tribunal Electoral concluyó por unanimidad declarar infundado el recurso de apelación, toda vez que la candidata a la Presidencia Municipal sí cumplió con los requisitos de elegibilidad, pues es conocido por la sociedad que Maki Ortiz busca reelegirse como presidenta municipal del Ayuntamiento de Reynosa.

Entendiéndose que esta última cuenta con residencia en el lugar donde ejerce sus funciones y que para contender por el cargo de elección popular que ha estado desempeñando, debió acreditar con anterioridad tal requisito, además, dicha persona entregó una constancia de residencia junto con la solicitud de registro a dicha candidatura.

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