Eliminación de subsidios no afecta a consumidores: América Móvil
Ciudad de México.- La reforma estructural en telecomunicaciones de 2013 plasmada en la Constitución definió con claridad el marco jurídico e institucional para que el órgano constitucional autónomo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), fuera el encargado de lograr el desarrollo eficiente del sector y de regular de manera asimétrica a sus participantes. La autonomía y especialidad técnica del regulador fue parte central de la reforma constitucional.
Desde el 2014, el IFT estableció un régimen asimétrico a Telmex y Telcel en diversas áreas de su operación, incluyendo interconexión. La asimetría en tarifas de interconexión inició con un diferencial de aproximadamente 35% respecto de las tarifas que pagábamos a los otros operadores móviles. Sin embargo, a través de la ley secundaria el Poder Legislativo anuló la capacidad reguladora del IFT en materia de interconexión, entre otras, al establecer la“tarifa cero”. Esa invasión a las facultades del IFT puso en riesgo los principios de la reforma constitucional, la certeza jurídica y la estabilidad regulatoria del sector, lo que dio lugar a que Telmex y Telcel ejercieran su derecho a solicitar el amparo y protección de la justicia para defenderse de la arbitrariedad que representa la obligación de prestar servicios sin cobrar tarifa alguna por los mismos. Asimetría no es gratuidad.
Lo que se encuentra en discusión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es si el artículo establecido en la ley secundaria que obliga a Telmex y a Telcel a no cobrar por los servicios que presta a sus competidores es constitucional o no.
Certeza Jurídica
La “tarifa cero” no sólo invadió facultades del IFT, sino que también invadió los derechos de Telmex y Telcel bajo los títulos de concesión que les otorgó el Estado, al eliminar su derecho a la recuperación de costos y a la estabilidad económica y equilibrio financiero que dichas concesiones les otorgan.
La certeza jurídica necesaria para las inversiones debe ser para todos, no sólo para los operadores extranjeros y sus asociados, agremiados de la Cámara “Nacional” de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI). Telmex y Telcel, empresas mexicanas y principales inversionistas y generadores de empleo en el sector de las telecomunicaciones del país también tienen derecho a ella.
Precios a los Consumidores
No es verdad que la eliminación de subsidios, como la “tarifa cero”, afecte los precios a los consumidores. Son el mercado y la competencia los que definen los precios, no los subsidios. La importante caída de precios en servicios (salvo en TV de Paga) es el resultado de varios factores como la intensa competencia existente, las grandes inversiones en infraestructura, el cada vez mayor uso de datos, la tecnología, el aumento en la productividad y la eficiencia en costos de los operadores.
En adición a lo anterior, es de resaltarse que el precio promedio por minuto de voz en el mercado móvil es menor a 8 centavos de peso, mientras que nuestros competidores reciben como subsidio por cada minuto de voz una tarifa de interconexión de $0.1906, lo que carece de sentido económico.
Falsas Afirmaciones de CANIETI
Respecto a las falsas afirmaciones de CANIETI contenidas en su inserción pagada, nos permitimos aclarar algunas de ellas:
Observamos que CANIETI no mencionó en su inserción pagada datos sobre: la gran concentración y falta de regulación asimétrica en el mercado de TV de paga; el monopolio regional existente en el servicio de TV por cable y la falta de convergencia.
Telmex y Telcel continúan con su compromiso de inversión impulsando el desarrollo de las telecomunicaciones en el país, manteniendo la vanguardia tecnológica en beneficio de nuestros clientes, a quienes agradecemos su preferencia.
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