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Autoridad ambiental clausura aprovechamiento forestal ilegal en Guerrero

En un comunicado, se informó que esta medida se dio porque los usufructuarios carecían de la autorización en materia forestal expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat)
Por: Notimex El Día Sabado 13 de Mayo del 2017 a las 12:10

Profepa clausuró de manera total temporal actividades de aprovechamiento forestal ilegal dentro del lugar conocido como “El Rincón de los Planes”, en el municipio de Atoyac de Álvarez.
Autor: Notimex
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Atoyac de Álvarez, Gro., (Notimex).- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera total temporal actividades de aprovechamiento forestal ilegal dentro del lugar conocido como “El Rincón de los Planes”, en el municipio de Atoyac de Álvarez.

En un comunicado, se informó que esta medida se dio porque los usufructuarios carecían de la autorización en materia forestal expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Indicó que en atención a denuncias ciudadanas, inspectores de la delegación de la dependencia en la entidad realizaron visita de inspección al citado lugar, con la finalidad de comprobar el presunto aprovechamiento forestal sin autorización.

Durante el recorrido, personal de la Procuraduría constató el derribo de árboles sobre una superficie de 10 mil metros cuadrados y se presume que dicha actividad se llevó a cabo con machetes y motosierras.

En el sitio se encontraron los fustes de los árboles derribados, seccionados y esparcidos, así como residuos ocasionados por el uso de fuego, mismo que fue utilizado como herramienta para limpiar el terreno.

Se realizó la medición de los tocones encontrados en el lugar, los cuales tienen un volumen de 18.7 m3 Rollo Total Árbol (RTA); la vegetación afectada está constituida por árboles conocidos como Zapotillo, Frutillo, Pomarrosa, Vara Blanca, Colorado y Guarumbo.

Al no contar con la autorización emitida por la Semarnat, el responsable de las actividades se hizo acreedor a la clausura total temporal del aprovechamiento forestal, previsto en el Artículo 161, Fracción ll, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

Asimismo, de acuerdo con el artículo 163 de la citada Ley, los responsables del aprovechamiento ilegal pueden hacerse acreedores a una multa equivalente de 100 a veinte mil veces la Unidad de Medida y Actualización.

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