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Tipifican en NL feminicidio como delito autónomo con cárcel mayor a 40 años

El dictamen de la reforma fue presentado al pleno por el diputado Tláloc Cantú Cantú, quien resaltó que con ello se castigará “a quién prive de la vida a una mujer por razones de género”
Por: Notimex El Día Martes 04 de Abril del 2017 a las 09:27

El Congreso de Nuevo León aprobó por unanimidad reformas al Código Penal del estado, a efecto de tipificar el feminicidio como delito autónomo
Autor: Notimex
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Monterrey, (Notimex).- El Congreso de Nuevo León aprobó por unanimidad reformas al Código Penal del estado, a efecto de tipificar el feminicidio como delito autónomo, con penas máximas que irían de 40 a 60 años de prisión a los responsables.

El dictamen de la reforma promovida por legisladores independientes, fue presentado al pleno por el diputado Tláloc Cantú Cantú, quien resaltó que con ello se castigará “a quién prive de la vida a una mujer por razones de género”.

De igual forma, “se homologará el catálogo de razones de género a la tipificación federal, así también que los años de prisión sean de 40 a 60 años, que se aplique como regla general el feminicidio y de no acreditarse este se recurra a las reglas del homicidio”.

El presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad en la LXXIV Legislatura estatal citó que de acuerdo a los promoventes, con la reforma legislativa “se manda un mensaje claro de que está prohibido asesinar a una mujer por el hecho de serlo o por su identidad de género y por razones de odio”.

De acuerdo a la reforma legislativa, “comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, como el hecho de que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; se le hayan infligido actos infamantes, degradantes o mutilaciones, de manera previa o posterior a la privación de la vida, o actos de necrofilia”.

Asimismo, “que existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima; haya existido entre el sujeto activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza”.

También se tipificará el feminicidio “cuando se que establezca que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; y el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público”.

“Hoy, la violencia contra las mujeres ocupa un sitio prioritario en la agenda política democrática del mundo; la violencia de género, es decir la violencia por el solo hecho de ser mujer, sintetiza formas de violencia sexista, misógina, clasista, racista, ideológica, religiosa y política”, de ahí la importancia de los cambios aprobados, dijo.

A partir de su publicación en el Periódico Oficial, la autoridad podrá procesar a los homicidas por el delito de feminicidio cuando existan antecedentes como amenazas, denuncias o cualquiera relativo a violencia contra las mujeres, facilitando la acción de la justicia con el único objetivo de inhibir las agresiones de género.

A su vez, la coordinadora del grupo legislativo Independiente, Karina Barrón Perales, resaltó que la reforma en la materia marcará una pauta para reducir a su mínima expresión las agresiones contra las mujeres, las cuales se han disparado en el último lustro a más de 500 casos cometidos en Nuevo León.

Indicó que los diputados independientes presentarán una propuesta para que el Congreso de Nuevo León tenga un cupo en el Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres.

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